En la práctica, la mayoría de herederos directos en Canarias pagan una cantidad casi simbólica por heredar una vivienda, gracias a una bonificación del 99,9 % en la cuota del impuesto de sucesiones. Eso no significa que el trámite desaparezca: hay que presentar el modelo 650 dentro de seis meses, aunque el resultado final sea de apenas unos euros, y cumplir requisitos de mantenimiento si además aplicas la reducción por vivienda habitual.


En resumen:

  • La bonificación del 99,9 % en Canarias se aplica solo a los herederos de los grupos I, II y III, excluyendo a los parientes lejanos y personas sin relación.
  • Aunque el impuesto es mínimo, es obligatorio presentar el modelo 650 en seis meses, o solicitar prórroga antes de que finalice ese plazo.
  • La base imponible se calcula sumando bienes heredados, aplicando reducciones y multiplicadores, y luego se reduce la cuota final antes de aplicar la bonificación.
  • La gestión registral y la declaración de herencia ante notario son pasos clave, además de la inscripción en el Registro de la Propiedad y la gestión de cargas o hipotecas pendientes.
  • La plusvalía municipal se paga aparte y en función del incremento del valor del terreno, sin verse afectada por la bonificación del impuesto de sucesiones.

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Tabla de contenidos

Qué es la bonificación del 99,9% y quién se beneficia

El Decreto-ley 5/2023, de 4 de septiembre modificó el Texto Refundido de tributos cedidos de Canarias para introducir una bonificación del 99,9 % sobre la cuota del impuesto de sucesiones y donaciones. Se aplica a las adquisiciones por causa de muerte, no a cualquier transmisión, y beneficia a los grupos de parentesco más cercanos al fallecido.

La normativa distingue tres grupos con derecho a la bonificación:

El grupo IV queda fuera. Se trata de parientes más lejanos (primos, tíos por afinidad, personas sin relación de parentesco) y de personas ajenas a la familia, que siguen tributando conforme a las tarifas generales, sin la rebaja del 99,9 %.

Consejo profesional: la bonificación actúa sobre la cuota ya calculada, no sobre la base imponible. Esto significa que primero hay que calcular el impuesto completo, con sus reducciones, y solo al final se aplica el descuento del 99,9 %. Por eso sigue siendo obligatorio presentar la autoliquidación, aunque el resultado a pagar sea mínimo.

Cómo se calcula paso a paso el impuesto al heredar una vivienda

El cálculo sigue una secuencia fija que conviene entender antes de sentarte con la calculadora del modelo 650:

  1. Base imponible. Se suma el valor de la vivienda y del resto de bienes heredados, más el llamado «ajuar doméstico» (un 3 % adicional sobre el caudal hereditario, salvo que se justifique un porcentaje distinto).
  2. Reducciones. Se restan las reducciones estatales por parentesco y la reducción autonómica por vivienda habitual, que en Canarias alcanza el 99 % del valor del inmueble con un límite de 200.000 € y exige mantener la vivienda en el patrimonio del heredero durante cinco años.
  3. Cuota íntegra. Sobre la base liquidable resultante se aplica la tarifa progresiva del impuesto.
  4. Coeficiente multiplicador. El resultado se ajusta según el patrimonio preexistente del heredero y su grado de parentesco.
  5. Bonificación del 99,9 %. Sobre esa cuota final se resta el 99,9 % si el heredero pertenece a los grupos I, II o III.

Un ejemplo ayuda a ver el efecto real. Imagina una vivienda habitual valorada en 180.000 € que un hijo hereda en solitario, sin otros bienes relevantes. Tras aplicar la reducción del 99 % por vivienda habitual, la base liquidable queda reducida a una cifra casi testimonial; la cuota resultante, ya con coeficiente multiplicador, suele situarse en pocas decenas de euros. Al aplicar la bonificación del 99,9 %, guías fiscales especializadas han documentado casos de este tipo con un resultado final cercano a los 3 €. Es un ejemplo ilustrativo, no una cifra fija para todos los casos: el resultado exacto depende del valor real del inmueble, de si hay otros bienes en el caudal y del patrimonio previo del heredero.

Concepto Efecto en el cálculo
Ajuar doméstico +3 % sobre el caudal hereditario
Reducción vivienda habitual 99 %, límite 200.000 €, mantenimiento 5 años
Bonificación grupos I, II, III 99,9 % sobre la cuota final
Grupo IV Sin bonificación aplicable

Para hacerte una idea aproximada antes de acudir a un profesional, puedes usar simuladores fiscales generales, pero conviene contrastar siempre el resultado con la sede tributaria de Canarias antes de presentar la autoliquidación definitiva.

Plazos y trámites imprescindibles: modelo 650, notaría y registro

El plazo general para presentar la autoliquidación es de seis meses desde la fecha del fallecimiento, con opción de solicitar una prórroga de otros seis meses si se pide dentro de los primeros cinco. El formulario oficial es el modelo 650, disponible en la sede electrónica del Gobierno de Canarias.

Antes de presentar el modelo, normalmente hay que pasar por varios trámites:

La inscripción registral no es un mero formalismo: sin ella no puedes vender, hipotecar ni acreditar de forma plena la titularidad ante terceros.

Consejo profesional: pide el certificado registral de cargas con antelación. Comprobar si la vivienda tiene una hipoteca pendiente o un embargo suele ser el paso que más retrasa la inscripción, y conviene resolverlo antes de firmar la escritura de adjudicación.

Aparte del impuesto de sucesiones, existe la plusvalía municipal (IIVTNU), un tributo distinto que gestiona el ayuntamiento donde está la vivienda, con su propio plazo y sus propias reglas.

Documentación que debes reunir para liquidar la herencia de una vivienda

Hacienda y el notario piden un conjunto de documentos bastante estándar, aunque conviene reunirlos con margen porque algunos tardan en llegar:

Reunir esta documentación con orden acelera notablemente la presentación del modelo 650 y evita idas y venidas con el notario.

Consejos prácticos y errores frecuentes al heredar una vivienda en Canarias

Los tropiezos más habituales no vienen del importe a pagar, que suele ser bajo, sino de la gestión del plazo y de las condiciones asociadas a las reducciones:

  1. Presenta la autoliquidación aunque salga a pagar casi nada. No hacerlo dentro del plazo puede generar recargos, incluso si la cuota final es de pocos euros.
  2. No vendas la vivienda antes de cumplir el periodo de mantenimiento. Si aplicaste la reducción del 99 % por vivienda habitual, transmitir el inmueble antes de los cinco años obliga a regularizar el beneficio con carácter retroactivo.
  3. Revisa el patrimonio preexistente del heredero. Un patrimonio previo elevado puede activar coeficientes multiplicadores que encarecen la cuota antes de aplicar la bonificación.
  4. Coordina la plusvalía municipal con el ayuntamiento antes de inscribir. Dejarla para el final suele complicar los plazos de inscripción registral.

Consejo profesional: si el heredero tiene intención de vender más adelante, conviene planificarlo desde el principio. Una venta prematura no solo genera plusvalía municipal e IRPF, sino que puede echar por tierra la reducción autonómica ya aplicada.

Qué ocurre si tienes bienes o residencia fuera de Canarias

El impuesto de sucesiones en España se rige por normativa estatal con cesión a las comunidades autónomas, y la comunidad competente depende de la residencia habitual del fallecido, no de dónde esté ubicada la vivienda. Si el fallecido residía en Canarias, se aplica la normativa canaria (incluida la bonificación del 99,9 %) a toda la herencia, aunque incluya un piso en la península o en otro país.

La situación se complica cuando el fallecido tenía residencia fuera de Canarias pero el heredero vive en las islas, o viceversa. En estos casos de doble vinculación territorial, la normativa aplicable suele ser la de la comunidad autónoma donde residía el causante durante los últimos años, no la del heredero.

Normas territoriales del impuesto sobre sucesiones

Si hay inmuebles en otros países, entran en juego además convenios de doble imposición y normativa fiscal extranjera. Por ejemplo, quienes hereden una propiedad en Portugal deben tener en cuenta que allí las plusvalías inmobiliarias se rigen por reglas propias, completamente distintas al sistema español de sucesiones.

Ante cualquier duda sobre residencia fiscal del causante o bienes repartidos entre comunidades, conviene una consulta previa con un asesor fiscal antes de presentar el modelo 650, porque una liquidación en la comunidad equivocada puede acarrear requerimientos y sanciones posteriores.

Herencia con testamento frente a herencia sin testamento

El testamento no cambia el importe del impuesto, pero sí simplifica enormemente el proceso previo. Cuando existe testamento válido, el notario puede tramitar directamente la aceptación y adjudicación de la herencia con ese documento como base, acortando bastante los tiempos.

Este trámite añade semanas al proceso y, en familias numerosas o con parientes en el extranjero, puede alargarse considerablemente.

En Canarias, como en el resto de España, los herederos forzosos (hijos y, en su defecto, padres) tienen derecho a una porción mínima de la herencia (la legítima) que el testador no puede repartir libremente a terceros. Si el testamento vulnera esa legítima, los herederos forzosos pueden reclamarla judicialmente, lo que puede paralizar la liquidación fiscal hasta resolver el conflicto.

Un detalle que se pasa por alto con frecuencia: el plazo de seis meses para presentar el modelo 650 corre desde el fallecimiento, no desde que se resuelve la declaración de herederos o un litigio testamentario. Si prevés que el reparto se va a demorar, solicita la prórroga con antelación en lugar de esperar a que el plazo esté a punto de vencer.

Herencia con testamento frente a herencia sin testamento — overview diagram

Cómo afecta la plusvalía municipal a la vivienda heredada

La plusvalía municipal, técnicamente el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), es independiente del impuesto de sucesiones y se paga al ayuntamiento donde está la vivienda, no a la Agencia Tributaria Canaria. Grava el incremento de valor del terreno entre la fecha de adquisición original (por el fallecido) y la fecha de la herencia, y su gestión tiene plazos y requisitos propios que no coinciden con los del modelo 650.

No es así. Son dos tributos distintos, gestionados por administraciones distintas, y la bonificación canaria no tiene ningún efecto sobre el IIVTNU.

Cada ayuntamiento en Canarias fija sus propios coeficientes y plazos de presentación, generalmente también de unos meses desde el fallecimiento. Si además decides vender la vivienda heredada poco después, entra en juego otra plusvalía, esta vez en el IRPF, calculada sobre la diferencia entre el valor de adquisición (el fijado en la herencia) y el precio de venta. Conviene revisar con calma los gastos asociados a una venta posterior antes de decidir el momento de vender, porque afectan directamente a la rentabilidad final de la operación.

Perspectiva local: cómo vemos estos casos en Tenerife

En Tenerife, el error más repetido no es de cálculo, es de plazos: familias que dejan pasar los seis meses porque están esperando resolver un desacuerdo entre herederos, y terminan con recargos evitables. Una valoración profesional temprana suele destrabar esas discusiones antes de que se conviertan en un problema fiscal. Cuando hay varios bienes, varios herederos o dudas sobre residencia fiscal, la gestión integral compensa frente a hacerlo por cuenta propia.

— YellowRock

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Empieza por la valoración gratuita del inmueble heredado, un dato clave para calcular correctamente la base imponible antes de presentar el modelo 650. A partir de ahí, el servicio de gestión legal y financiera se ocupa de coordinar la parte fiscal y registral con la notaría, evitando ese vaivén de documentos que suele alargar los plazos. Si decides quedarte con la vivienda como inversión, Inmobiliariahs gestiona después el alquiler; si prefieres venderla, se encarga de la comercialización con marketing y home staging. Puedes revisar el catálogo completo de servicios de gestión patrimonial y decidir qué necesitas, o directamente solicitar tu valoración gratuita para empezar a mover el trámite hoy mismo.

Este artículo es información general y no sustituye el consejo de un abogado cualificado. Consulte a un profesional del derecho cualificado sobre su caso particular antes de actuar según este contenido.

Fuentes

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga en Canarias por heredar una vivienda?

Para herederos de los grupos I, II y III, la cuota final suele quedar en una cifra muy baja gracias a la bonificación del 99,9 % establecida en el Decreto-ley 5/2023. El importe exacto depende del valor de la vivienda, de si aplica la reducción por vivienda habitual y del patrimonio previo del heredero.

¿Cómo se calcula el impuesto de sucesiones sobre una vivienda?

El resultado suele reducirse a una cantidad testimonial en casos típicos de vivienda habitual.

¿Qué bonificaciones existen en el impuesto de sucesiones en Canarias?

La principal es la bonificación del 99,9 % sobre la cuota para los grupos I, II y III.

¿Quién queda excluido de la bonificación del 99,9 %?

El grupo IV, formado por parientes colaterales lejanos y personas sin relación de parentesco con el fallecido, no tiene derecho a esta bonificación y tributa según las tarifas generales del impuesto.

¿Qué plazo hay para presentar el modelo 650 en Canarias?

El plazo es de seis meses desde la fecha de fallecimiento, con posibilidad de solicitar una prórroga de otros seis meses si se pide antes de que transcurran los primeros cinco.

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